top of page

Tarifas especiales

Levée exceptionnelle.jpg

Carta de 5-10-35 para Estados Unidos con franqueo de 1.50F (Tasa del 1 de agosto de 1926 siguiendo el Decreto del 17.07.1926). Esta carta se complementa con un  cantidad de 0.25F por unAscensor excepcional(Tarifa del 1 de mayo de 1926 que sigue a la Ley del 29-04-1926)

Carta certificada de diciembre de 1932 franqueada con dos sellos de paz de 50c. Explicación :este es un artículo con descuento (OPR) para impresiones entre 50 y 100 g.La tarifa del 9 de agosto de 1926 siguiendo la Ley del 3-08-1926 fija el precio de los impresos en 0,25F, la tasa de registro es de 0,75F (tarifa del 18 de julio de 1932 siguiendo la Ley del 15.07.32)

TarifOPR.jpg
TarifCanada.jpg

Carta de 26 VI 36 para Canadá con franqueo de 0.75F. Arancel de 11 de septiembre de 1929 correspondiente a larelaciones con Canadásiguiendo la Ley de 29-07-1929) 

Carta de noviembre de 1934 para Luxemburgo con franqueo de 0,75F. Tarifa del 1 de junio de 1928 correspondiente a larelaciones con luxemburgosiguiendo la Ley de 20-03-1928) 

TarifLuxembourg.jpg
TarifLuxembourg2.jpg

Carta certificada del 18-07-1936 para Luxemburgo con franqueo de 2,75F. Tasa de inscripción para extranjeros: 2F Ley del 05-03-1932 aplicable el 20 de julio de 1932 + 0,75F, Arancel del 1 de junio de 1928 correspondiente arelaciones con luxemburgosiguiendo la Ley de 20-03-1928) 

Tarjeta postal del 09-03-33 de Alta Saboya para el Cantón de Ginebra.Tasa de frontera(Bélgica, España, Suiza) de 0,60F. Decreto del 22.01.1926 aplicable el 1 de febrero de 1926

TarifFrontalier.jpg
TarifFrontalier2.jpg

Carta  de 11-IV-37 para Montreux Suiza.Tasa de frontera(Bélgica, España, Suiza) de 0,60F. Decreto del 22.01.1926 aplicable el 1 de febrero de 1926.

Impreso bajo 20g enviado con urgencia. Precio: 0.50F. El Decreto del 12.11.1938fija el precio del impreso en 0,30F y lo envía urgentemente en 0,20F.

ImprimésUrgent.jpg
Af12.jpg

Estampa con un peso inferior a 20 g enviada por correo aéreo nocturno a Marruecos el 19.04.1936. Precio: 0.65F. El Decreto de 1.03.35establece el recargo de aire en 0.50F.derecho financierodel 31 de mayo de 1933 fija el envío de impresos con un peso inferior a 20g en: 0,15F.

El Decreto del 30.06.1927 aplicable el 18 de julio de 1927 fija la tasa de registro en Alsacia-Lorena en 0,75F.

Una carta de un alguacil de Colmar enviada por correo certificado para: 1.25F el 5.01.33.

AlsaceLorraine.jpg

Sitio de construcción. Echa un vistazo a las adiciones a medida que vienen

bottom of page